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viernes, 24 de febrero de 2012

MUSICOMPOSTELA. CONCIERTOS NOCTURNOS SIN ALCOHOL

LA ALTERNATIVA ACTIVA DE OCIO NOCTURNO SIN ALCOHOL.



MUSICOMPOSTELA nace en el marco del Plan de Acción Local de Prevención de Drogas, dentro de las medidas para ofrecer ocio nocturno alternativo para los jóvenes, desde la Concejalía de Benestar Social, de Santiago de Compostela, presentamos el nuevo festival Musicompostela, una actividad que ofrecerá siete conciertos desde marzo hasta junio en los que no se servirá alcohol.




Todos ellos se celebrarán en la compostelana Sala Moon y empezarán a las 22:00 horas. El primero de ellos será el próximo mes de marzo, el día 10, de la mano de Bizarros y Vicky Polard. A finales de ese mismo mes, el día 30, le seguirán Drink and Tonic y Touret. Para abril quedan los conciertos de Manolo e Fillos y Lío e Mayu (el día 13) y de The Free Riders y Free Lance (día 27).
Las siguientes citas musicales serán en mayo. El día 11 le tocará el turno a Hellorice y Agoraphoria y el 19 Labazada y Las Colillas Aquí. Cerrarán el ciclo el 1 de junio Crying Wolves y Erglis.

viernes, 22 de julio de 2011

El Valedor muestra "sintonía" con las medidas que planea Raxoi contra el 'botellón'



Prado anuncia que las medidas acordadas se pondrán en marcha en septiembre



Los concejales de Bienestar Social y Familia, Paula Prado, y de Seguridad Ciudadana, Albino Vázquez, se han reunido este jueves con el valedor do Pobo, Benigno López, quien ha expresado "sintonía" con las medidas que el Ayuntamiento compostelano planea implantar para evitar la presencia de menores en los 'botellones', y que están previstas para comenzar en septiembre. Lo ha manifestado en declaraciones a los medios tras reunirse con el alto comisionado del Parlamento la concejala Paula Prado, que explicó que López mostró "sintonía" con las medidas y coincidió en que "tienen que ser los padres los que se tienen que involucrar" con las actuaciones que hacen sus hijos. En este sentido Paula Prado justificó la imposición de sanciones a los menores de edad que consuman alcohol, ya que, "probablemente los padres entren en esta materia" con la recepción de las multas. "Son los primeros que tienen que velar por sus hijos", ha aseverado.

Otra de las actuaciones previstas por el Ayuntamiento de Santiago es que la Policía Local pueda realizar "identificaciones" en los 'botellones", junto con campañas informativas en los lugares donde se vende alcohol, las cuales también ha respaldado el Valedor. Según datos de la institución dependiente de la Cámara, el 60 por ciento de las personas que participan en los 'botellones' son menores de edad, lo que aumenta en un 20 por ciento el cálculo que efectuaba Raxoi, que estimaba un 40 por ciento. Paula Prado ha explicado que la nueva ordenanza del 'botellón' estará en marcha en septiembre.



EXPEDIENTE INCOMPLETO Por otro lado, uno de los motivos de la reunión entre los concejales y el Valedor era acceder al expediente del alto comisionado tiene abierto --de oficio, como en las demás ciudades gallegas-- en el Ayuntamiento de Santiago al respecto de esta problemática. Previamente, Paula Prado ya denunció que los informes obtenidos tras el traspaso de poderes no se correspondían con la totalidad del documento, lo cual fue corroborado por el valedor en el encuentro mantenido este jueves. Indicó que al alto comisionado se "sorprendió" porque faltaba parte del informe y, en todo caso, se "comprometió" a remitir el resto de la documentación con las actuaciones realizadas por el anterior gobierno local, tal y como confirmó Paula Prado.

martes, 8 de enero de 2008

Conde Roa acusa al gobierno de 'plagiarle' el Foro contra el botellón

El portavoz popular considera que negarse a su creación hace 15 días y aprobarlo ahora supone "una falta de seriedad", aunque participará activamente


El portavoz del Partido Popular de Santiago, Gerardo Conde Roa, manifestó ayer, en Correo TV, que la "oposición seguirá presentando propuestas al gobierno municipal aunque primero digan que no y luego acaben copiando la iniciativa, puesto que de esta manera impulsaremos la labor de un gobierno en este momento falto de seriedad". Así de rotundo se manifesó Conde Roa ante el anuncio que hizo recientemente el alcalde, Xosé Sánchez Bugallo, de crear el Foro por el Civismo, como una de las medidas para afrontar el tema del botellón en la ciudad.
El PP solicitó la creación de una comisión específica sobre este tema en el último pleno extraordinario que se celebró hace 15 días en Raxoi. Una vez denegada por parte del gobierno municipal, el grupo de la oposición manifestó su intención de ponerla en marcha ante la negativa del Ayuntamiento a crearlas, "como sucedió con el caso del Batallón Literario", explicó el portavoz de Partido Popular.
Además, Conde Roa añadió que se alegra de que se ponga en marcha ahora, porque "esto quiere decir que desde la oposición somos capaces de tomar iniciativas y nos lleva a pensar que estamos haciendo una labor importante". El líder de la oposición explicó que, "pese a ser rechazada en un inicio, no tenemos ningún problema en participar en el Foro, porque además nos interesa muchísimo escuchar a los diferentes colectivos ciudadanos, saber qué piensan y sus puntos de vista". Pero también "el grupo popular estará muy atento a su desarrollo, porque no vamos a tolerar que sea un Foro para marear la perdiz, sino para trabajar y buscar soluciones", subrayó.

Todos los sectores
El Foro polo Civismo nace con ánimo de ser portavoz y representante de las propuestas para terminar con el problema del botellón. Sánchez Bugallo invitó a todos los representantes de diferentes ámbitos y sectores de la ciudad a participar en este organismo, tanto hosteleros, vecinos, jóvenes o medios de comunicación. Raxoi tomará nota de otros foros similares realizados en otras ciudades españolas.

LA FRASE
Gerardo Conde Roa Portavoz del Partido Popular en Santiago
"El botellón implica tolerancia cero porque no es ninguna broma y atenta contra la salud pública y los jóvenes"

jueves, 18 de octubre de 2007

Argumentos o falacias que alientan el botellón



TRIBUNA LIBRE
El Correo Gallego. 18 de octubre de 2007
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PAULA PRADO DEL RÍO (CONCEJALA DEL GRUPO POPULAR)
Desde hace años se repite como una milonga aquello de que "hay que conciliar el derecho al ocio nocturno y el derecho al descanso". Niego la mayor. Gritar en la calle a las cuatro de la madrugada no es un derecho, como tampoco lo es orinar o arrasar un parque infantil. Esas conductas no han de conciliarse con nada.
Así pues, la referida milonga de la conciliación es la primera falacia a rebatir, una falacia propia del relativismo moral, de la idea progre de que todas las expresiones o expectativas sociales valen lo mismo, de que tanto derecho tiene un residente a la salud o a la salubridad como un "botellonero" a gritar o a orinar. Y no es así, no hay que conciliar lo bueno y lo malo, y menos a costa de inaplicar la ley y de menoscabar la convivencia.
No se trata de prohibir la movida: se trata de que quien salga por la noche se comporte sin saltarse las normas y sin perjudicar a terceros o a sí mismos. El discurso de la conciliación puede resultar engañoso y, por repetido, cansino.
La segunda falacia, vinculada a la anterior, deriva del mal entendido "talante" y del contraproducente "buenismo", y más que falacia argumentativa constituye un agravio para la mayoría de los ciudadanos. Dicen los portavoces de la progresía que no se debe sancionar a quienes practican el botellón porque "son nuestros hijos, sobrinos, amigos" (sólo les falta decir: "¡Son nuestros votantes!"). ¡Oigan!, entonces, conforme a tal razonamiento no se debería sancionar tampoco a quienes estacionan -siquiera brevemente- su vehículo en doble fila? ¡Son nuestros padres, nuestros tíos, nuestros amigos! Sancionar o no sancionar en función de quien sea el autor de un acto ilícito es propio de otras épocas y de otras latitudes políticas: en un Estado de Derecho, a quien se salta las normas se le sanciona, sea sobrino del alcalde o hijo de la Pantoja. Y no creo necesario recordar que en un Estado de Derecho las sanciones -de vocación disuasoria- son necesarias. Si en un par de meses se impusieran 300 sanciones de 400 euros cada una el botellón quedaría reducido a una expresión menor.
La tercera falacia consiste en decir que para afrontar el problema nos hace falta una nueva ley. ¿Otra ley? ¿Una más? Y cuando se promulgue una nueva ley, entonces desde el gobierno municipal se nos dirá que para actuar necesitan también una resolución de Naciones Unidas. Seamos serios: disponemos de los suficientes títulos jurídicos para reducir progresivamente el botellón. No estamos ante un problema de insuficiencia normativa; estamos ante un problema de pasividad y permisividad política. Claro que quizás sean los intereses electorales de la progresía gobernante los que expliquen tal permisividad, completada ahora con una ocurrencia demagógica: ¡dialogar con quienes arrasan los parques infantiles! En fin.

martes, 16 de octubre de 2007

BOTELLÓN ¿DIVERSIÓN?









El artículo 67 de la Ordenanza de convivencia y limpieza. Interpretación gramatical de dicho artículo.

Artículo 67.
“ Queda prohibido o consumo de bebidas na vía pública cando poida alterar gravemente a convivencia cidada. Para estes efectos, prodúcese alteración cando concurran as circuntancias seguintes:
a) cando pola morfoloxía ou a natureza do lugar público, o consumo poida facerse de forma masiva por grupos de cidadáns/ás ou invite á aglomeración destes.
b) cando como consecuencia da acción do consumo se poida deteriorar a tranquilidade do contorno ou provocar nel situacions de insalubridade.”

Conclusiones que se derivan de la redacción literal de la Ordenanza de Santiago:
En términos genéricos, cabe decir que en Santiago, el botellón o consumo grupal de bebidas en la vía pública sólo queda prohibido si es susceptible de alterar gravemente la convivencia, a diferencia de lo que dispone, por ejemplo, la más decidida Ordenanza de Bilbao, que prohíbe el botellón con tal de que sea susceptible de causar molestias. Esto es, la Ordenanza de Santiago es mucho más permisiva que la de Bilbao*, pues, por una parte, la de Santiago, para sancionar el botellón exige que se produzca no sólo una molestia a los vecinos sino una alteración de la convivencia y, por otra parte -como segundo requisito que juega a favor de los botelloneros- exige un plus de gravedad sobre la referida alteración.
Ya en términos más concretos, cabe decir que la Ordenanza de Santiago, con su cínica y anfibológica o ambigua formulación gramatical (ambigüedad claramente premeditada) favorece las interpretaciones permisivas del grupo de gobierno, grupo que parece sostener la interpretación absurda de que el consumo masivo del alcohol (supuesto del artículo 67a) o el consumo de consecuencias insalubres o intranquilizadoras (supuesto del artículo 67b) sólo constituyen alteración y que dicha alteración exigiría, además, un plus de gravedad para que el botellón resultase prohibido, pues, como se ha dicho, el grupo de gobierno redactó una ordenanza que parece castigar sólo las alteraciones que además de ser tales sean también graves. Ésta parece ser la interpretación absurda y permisiva que sostiene el grupo de gobierno, que trata de exigirle al botellón unos efectos aún más antijurídicos o gravosos de los que ocasiona y de los previstos en los dos supuestos del artículo 67 para proceder a su prohibición.

La interpretación que lleva al grupo de gobierno a no prohibir el botellón es absurda por dos motivos:
1) porque, como ya se ha comentado, pone muy alto el listón de la alteración grave. ¿Qué ha de suceder para que se entienda que el botellón produce una alteración grave y para que, por lo tanto, se prohíba?:¿que se le prenda fuego a La Alameda?
2) Porque para los supuestos de alteraciones graves de la convivencia (incluso para los supuestos de simples alteraciones de la convivencia) no hacían falta las alforjas de una nueva Ordenanza; para los supuestos de alteraciones de la convivencia ya contábamos con las previsiones de la Ley de Seguridad Ciudadana de 1992 , concretamente su artículo 19: “Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento”.

La premeditada ambigüedad o anfibología en la redacción del artículo 67 viene dada por el hecho de que puede entenderse, conforme a una interpretación permisiva, que los supuestos a y b del referido artículo definen o integran la simple “alteración”, sin más, en vez de integrar la “alteración grave”, que es la que daría lugar a la prohibición. El Grupo de Gobierno, en la segunda formulación del artículo 67, omitió la utilización del adjetivo grave o, en su caso, la utilización de un demostrativo en función anafórica. Así, la Ordenanza no ofrecería dudas, si en vez de decir “prodúcese alteración cando…”, dijese “prodúcese alteración grave cando” o “prodúcese aquela alteración cando…”. No obstante, la previa inclusión en esa misma oración de un complemento preposicional con función de finalidad (“para estes efectos”), con un demostrativo (“estes”) con función anafórica, permite la interpretación más lógica, esto es, que los dos supuestos del artículo 67 constituyen una infracción grave (y por lo tanto sancionable) y no una simple alteración (impune).

Por lo tanto, cabe concluir que el botellón no ha de quedar prohibido sólo en el caso de que pueda producir efectos catastróficos. Por el contrario, conforme a una interpretación cabal ha de entenderse que las conductas o efectos que normalmente acompañan al botellón son suficientes para entenderlo contrario a la vigente ordenanza. Conforme a una interpretación cabal hay que entender que el consumo masivo (supuesto del artículo 67a) o el consumo de eventuales efectos intranquilizadores o insalubres (67b) son subsumibles o integrables en la expresión “alterar gravemente la convivencia ciudadana”, expresión que utiliza la ordenanza compostelana.

El resumen es claro: si el grupo de gobierno considera que los supuestos a y b del artículo 67 constituyen una alteración grave (así lo considera el PP) debe prohibir el botellón. Y si no considera que son una alteración grave, que lo diga, y propondremos una modificación de la ordenanza.

El Sr. Bugallo no quiere afrontar el problema y, ante una eventual pérdida de voto joven y de asíduos al botellón, ha manifestado que es el Parlamento de Galicia el que ha de elaborar una ley que prohíba consumir alcohol en la vía pública.

Cabe concluir, en cualquier caso que, con independencia de que se produzcan nuevas formulaciones por parte del legislador autonómico o nacional, el ordenamiento jurídico vigente proporciona diversos y suficientes títulos jurídicos para ir acotando el problema del botellón, sea por la vía directa de prohibición de esta práctica o por la vía indirecta de sancionar (con vocación disuasoria) las consustanciales expresiones del botellón (gritos, orines, residuos). Así, cabe recordar que el ayuntamiento dispone ya de los siguientes instrumentos o resortes jurídicos:
Ordenanza de limpieza (particularmente el art 67)
Ley de Seguridad Ciudadana
Ley de Bases de Régimen Local, con especial mención a las nuevas posibilidades que ofrece el artículo 139*, introducido por la Ley de medidas para la Modernización del Gobierno Local.
Ordenanza de ruidos.

BUGALLO EXPULSA AL PP DEL PLENO

EL ESCÁNDALO DE INCOLSA