INDEMNIZACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL: 51.800 € MÁS INTERESES Y COSTAS, ESTO ES, EN TORNO A 70.000 € ES LO QUE TENDRÁ QUE PAGAR A UN VECINO EL CONCELLO DE SANTIAGO POR SU INOPERANCIA FRENTE AL RUIDO NOCTURNO.
En la sentencia del TSXG se indica que «pese a haberse otorgado una licencia de apertura el 12-07-01, no se llegó a otorgar la de actividad sujeta a la oportuna clasificación, lo que no evitó que se ejerciera la actividad y se produjera el ruido que numerosos vecinos denunciaron de forma insistente». Aunque se realizaron varias mediciones, «no fueron seguidas de la necesaria medida adecuada y definitiva de cierre del local, con lo que se vulneró de forma flagrante la tranquilidad y seguridad de los vecinos».
LLAMATIVO ARGUMENTO DEL AYUNTAMIENTO:
La sentencia rechaza el argumento del Ayuntamiento, contra la cuantía de la indemnización, que dice que «el vecino bien pudo haber evitado esas molestias si hubiera abandonado la vivienda o hubiera pedido la adopción de alguna medida cautelar», ya que le recuerda al Ayuntamiento que es él quien tiene que adoptar las medidas eficaces que sean necesarias, incluido el cierre del establecimiento. Con esta sentencia firme, el afectado tampoco asumirá las costas del juicio, que serán abonadas por el ente local.
¿Hasta dónde están dispuestos a llegar Bugallo, Santullano y Rosón?