miércoles, 7 de enero de 2009

Condenan a pagar 100.000 euros a un vecino afectado por el ruido

El PP denuncia que la sentencia se emite porque "el Ayuntamiento permitió" que un local nocturno de Virxe da Cerca siguiese abierto a pesar de las denuncias ·· La sentencia ha sido recurrida por Raxoi

EL CORREO GALLEGO (30/12/2008)
REDACCIÓN • SANTIAGO


Los concejales del Partido Popular en el Ayuntamiento de Santiago denunciaron ayer que el juez condena a pagar a Raxoi "cerca de 100.000 euros a un vecino" que tuvo que soportar los ruidos y vibraciones que producía la música de un local de copas, ubicado cerca de su vivienda, en el año 2001.
Para el PP, esta sentencia se produce "debido a la pasividad del gobierno municipal en la aplicación de la normativa municipal de ruidos".
Así, ayer la concejala responsable del seguimiento del área de Benestar Social del Grupo Municipal del PP, Paula Prado, convocó una rueda de prensa para denunciar estos hechos. Dijo que la indemnización que Raxoi deberá pagar es, en concreto, de 99.750 euros. Y el vecino que recibirá este dinero es un residente de la rúa Virxe da Cerca. Este hombre fue "víctima de la pasividad del gobierno municipal en la aplicación de la normativa de ruidos", mantiene esta edil popular.
Paula Prado hizo especial hincapié en decir que se llegó a esta situación porque el gobierno local "escogió tomar partido por los infractores en lugar de por los vecinos afectados". Además, la edil explicó que "el Concello tiene que pagar esta cantidad de dinero por la existencia probada de un daño moral no cuantificado económicamente al vecino".
La condena que ha puesto el juez se calculó "teniendo en cuenta la renta de alquiler de una vivienda de características similares durante el tiempo que duraron los ruidos y las vibraciones sufridas".
Por otro lado, la concejala Paula Prado lamentó que con esta vía salieran "de rositas" los infractores porque durante años "ejercieron la actividad de hecho irregular y ganaron mucho dinero", así como también los miembros de la junta de gobierno local y el concejal de Urbanismo.
En un café bar
El Partido Popular de Santiago recordó ayer que estos hechos se remontan al decreto de la Alcaldía del 19 de julio de 2001, en la que se concedió la licencia para ampliación de "café bar especial a la cafetería Momo". Y siempre según los datos facilitados ayer por el partido de la oposición, "ya antes, el 3 de julio de 1995, otro decreto autorizó obras ilegales para la instalación de una terraza en el recinto".
Finalmente, el 22 de junio de 2006, "el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia declaró nulo el decreto de la Alcaldía de 2001". Sobre esa base, el vecino afectado reclamó la responsabilidad patrimonial argumentando daños y perjuicios sufridos como consecuencia de las actividades realizadas por el café bar Momo.
Paula Prado recalcó que durante este tiempo se produjo "la permisividad del Gobierno Municipal" y la "negligencia de la Administración". Y es que "las primeras denuncias se remontan al año 1995". Había una gran número de intervenciones e informes tanto de la Policía Local como de la Nacional. En todas ellas, dice Paula Prado, "se acreditaban el elevado volumen de la música, la instalación de altavoces en la terraza, además de que el local no contaba por entonces con la correspondiente licencia de apertura". Incluso, "en mayo de 2001 se dictó un decreto que obligaba a precintar la terraza porque "no tenía permiso y están probadas las molestias producidas".

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